17 de febrero de 2014

"ABORTO: MÁS ATRÁS DEL 85" POR SANTIAGO BARAMBIO

Durante 25 años, los que median desde la ley de aborto de 1985 hasta la de 2010, los y las profesionales de los centros acreditados para la IVE interpretaron generosamente una norma cuyo espíritu se asemejaba a esa legislación inglesa que a tantas españolas consiguió ayudar. Y  lo hicieron para que las mujeres españolas pudieran decidir, evitando la clandestinidad y la morbimortalidad. Entendieron que tal y como establece la OMS, la salud no es solo la ausencia de enfermedades, sino el bienestar físico, psíquico y social. Interpretaron, guiados por la experiencia, que una mujer que enfrenta un embarazo no deseado y a la que no se le permite interrumpirlo, mermará su salud y en consecuencia decidieron acompañarla en su decisión, aunque con ello su trayectoria profesional y personal se viese puesta en entredicho, incluso judicialmente.
Por todo ello, el supuesto psicológico nunca fue “ese coladero” por el que una mujer podía abortar; sino una razón legítima que evitaba la depresión, la ansiedad frente a un embarazo no deseado. El Ministro de Justicia ha anunciado un regreso al pasado, y en la cabeza del imaginario colectivo se perfila “como mal menor” esa ley del 85 y su generosa interpretación; no será así. Gallardón ya ha anunciado que esa interpretación de la salud aceptada por la Comunidad Médica Internacional, ya no será válida, que habrá que demostrar que se padece una alteración psiquiátrica previa, como si el riesgo de la alteración psíquica no fuese una consecuencia de esa gestación no deseada; dejando además en entredicho, ellos que dicen no discriminar a nadie, la capacidad de ser madre de aquellas mujeres afectadas por una patología psiquiátrica. Por otra parte, “la dolencia” deberá ser acreditada ante un “tribunal médico”, ajeno a los/as profesionales expertos/as que conocen el impacto de un embarazo no deseado en la salud de las mujeres.
La experiencia evidencia que las mujeres de 16 y 17 años afrontan mayoritariamente el aborto con el apoyo de sus padres. Sin embargo, ACAI siempre señaló en sus estudios, y así lo trasladó al Ministerio durante la elaboración de la actual norma, que un 0’4% del total de mujeres que abortan eran menores de 16 y 17 años a las que la ley del 85 no ofrecía una solución: menores afectadas por la desestructura familiar, padres en prisión, creencias religiosas contrarias a la decisión de la menor, progenitores afectados por una enfermedad psiquiátrica invalidante o embarazos consecuencia de una violación en el seno familiar. La ley del 2010 vino a taponar esa herida por la que lentamente se abocaba a esas menores a un éxodo abortivo, una interrupción insegura o a una maternidad traumática. Gallardón ya ha dicho que volverá a abrir la herida.
Tanto la ley del 85 como la de 2010 permiten que una mujer embarazada cuyo feto está afectado por una patología fetal pueda abortar, el Sr. Gallardón ha anunciado que esas patologías ya no serán causa de aborto, que al dolor sobrevenido que supone conocer que el hijo/a que deseabas está afectado por una enfermedad, la mujer tendrá ahora que sumar el conflicto personal y familiar que supone un hijo con dificultades y limitaciones.
El “proyecto” Gallardón no regresa a una ley ambigua que en su momento supuso “un mal menor”. Este proyecto niega a la mujer su capacidad de decisión, aboca a las mujeres y a los/as profesionales una vez más al Código Penal y a la inseguridad jurídica subsiguiente. Nos envuelve de nuevo en el siniestro y siempre resbaladizo mundo de la clandestinidad.

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